LA PERCEPCIÓN DE LA TRANSEXUALIDAD EN EL ÁMBITO SOCIAL Y POLÍTICO

Rebeca Rullán Berntson. Presidenta de AET-Transexualia.

Asociación Española de Transexuales (AET-Transexualia).

www.transexualia.org

 

         La consolidación de un Estado social, democrático y de Derecho en nuestro país ha traído consigo profundos cambios sociales. De una sociedad maniatada por los valores más tradicionales y conservadores, amparados por el nacional-catolicismo de una dictadura, que buscaba en su última década espacios de libertad política, de expresión de ideas y de una mejora en las condiciones sociales de vida, hemos pasado en algo más de un cuarto de siglo al reconocimiento legal de nuevos derechos civiles y sociales, ampliando los pilares del pacto social en el que se funda toda democracia avanzada (Ley contra la Violencia de Género, Ley de Atención a las Personas Dependientes, reforma del Código Civil para reconocer el derecho al matrimonio de las parejas homosexuales, Ley de Igualdad entre el hombre y la mujer, etc.).

 

         A diferencia de otras etapas que ha vivido nuestra democracia, en esta ocasión las personas transexuales no hemos quedado al margen de los cambios legales que se han producido en esta legislatura. Pruebas de ello son la Ley Reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, aprobada por las Cortes Generales el 01/03/2007, o la inclusión –total o parcial- del tratamiento clínico de reasignación de sexo en los catálogos de prestaciones sanitarias de los sistemas públicos de salud de varias Comunidades Autónomas.

 

         No hubiéramos llegado nunca a esta situación de reconocimiento de derechos sin el constante trabajo reivindicativo y de sensibilización social realizado durante muchos años por parte del movimiento asociativo transexual y LGTB. En el tiempo transcurrido desde la transición democrática, una primera generación luchó –sin demasiados recursos organizativos pero con una fuerte determinación- por la visibilización social de la transexualidad, ganando sus propios espacios de libertad con grandes sacrificios personales. Sobre todo, las mujeres transexuales fueron conquistando esos pequeños espacios a costa de notables esfuerzos en su vida personal: casi todas ellas se vieron obligadas a ejercer la prostitución (en menor medida, algunas pudieron sobrevivir en el espectáculo), porque no existía ninguna posibilidad de inserción laboral en un mercado de trabajo regulado, debido a una sociedad muy marcada en su educación por los prejuicios sociales (esa mala educación a la que se refiere Pedro Almodóvar en su película y que tantas vidas destrozó). El trabajo en la calle, la desprotección social del colectivo transexual en un momento histórico en el que se ampliaban los servicios públicos del Estado del Bienestar (al no poder cotizar a la Seguridad Social, mucha mujeres transexuales carecían de derechos tan elementales como la protección por desempleo, la baja laboral por enfermedad, una adecuada atención sanitaria, etc.), el VIH/SIDA que segó muchas vidas en el colectivo de mujeres transexuales que ejercía la prostitución (bien por los contactos sexuales con los clientes sin la debida protección sanitaria mediante el uso de preservativos, o por las prácticas de riesgo en el consumo de ciertas drogas). Fue el precio casi obligado que pagó toda una generación por expresar y vivir libremente su identidad de género. Muchas de estas personas anónimas abrieron el camino a la visibilidad social de la transexualidad y, con una actitud de orgullo y dignidad, permitieron dar nombre a un colectivo, dotarlo de identidad propia como grupo social, con su problemática común y su diversidad. Por aquel entonces, una amplia mayoría social, en su ignorancia sobre la problemática que sufrían las personas transexuales, miraba con desprecio a este colectivo: lo denostaba en público, tildaba su experiencia vital como un mero capricho que iba contra natura, le cerraba las puertas al mercado de trabajo (incluso al más precario) y convertía sus lugares de origen y su entorno socio-familiar en un auténtico territorio comanche, incómodo y hostil, expulsándole hacia las grandes metrópolis (Barcelona y Madrid). En aquellos años, la presencia en revistas y medios de comunicación de algunas mujeres transexuales que habían conseguido cierto éxito y fama en el espectáculo, se complementaba con la imagen sórdida y catastrofista que transmitían ciertos diarios conservadores sobre la prostitución de “travestis” (así nos denominaban) en las calles de Madrid, alentando la represión policial y, de paso, ciertas reacciones ciudadanas agresivas y nada espontáneas contra las mujeres transexuales que ejercían su trabajo en la calle.

 

         En la última década se ha producido una mayor normalización de la transexualidad en los entornos sociales y familiares más próximos a la persona transexual, hecho que ha sido posible por una interacción de factores: el acceso a una información de mayor calidad sobre la transexualidad, el apoyo de profesionales del ámbito sanitario (público y privado) y la labor de sensibilización social, información y asesoramiento de las asociaciones son factores que han influido en que muchas familias comiencen a asumir que un/a hijo/a es transexual, aunque al principio afloren muchos conflictos interiores derivados de los prejuicios. Hoy en día, es más fácil ver a una joven generación de personas transexuales (mujeres y hombres) que, a pesar de encontrar muchos obstáculos y comportamientos discriminatorios por parte de la sociedad, pueden alcanzar metas personales hasta entonces vetadas, como la permanencia en el sistema educativo (incluida la Universidad) y, por ende, el acceso a un mercado de trabajo regulado gracias a su formación y la posibilidad de promoción social y profesional.

 

Ello no quiere decir que no subsista la discriminación socio-laboral, el acoso en el entorno social y educativo, los conflictos intrafamiliares (llegando incluso a la expulsión del hogar), la incomprensión o la soledad. Aunque todos estos problemas siguen existiendo para muchas personas transexuales, ahora se afrontan de una manera diferente: si antes sólo quedaba el instinto de mera supervivencia ante un entorno claramente hostil y agresivo, ahora existe un mayor abanico de posibilidades en el cumplimiento de las expectativas vitales de cada persona transexual. De hecho, esta situación de pequeños avances en las libertades civiles y en el respeto a la diversidad sexual es una de las causas más destacadas en la progresiva recepción de inmigrantes transexuales que abandonan sus países de origen huyendo de la persecución, la tortura, la violencia transfóbica, la discriminación, la pobreza y la marginación social.

 

Es en este contexto social e histórico donde las instituciones públicas y los partidos políticos comienzan a ser receptivos a las demandas y necesidades del colectivo transexual, transmitidas en reiteradas ocasiones por el movimiento asociativo. Los cambios sociales siempre preceden a los cambios políticos y al reconocimiento de los derechos y, en este caso, no tenía por qué ser diferente.

 

Iniciativas parlamentarias y medidas aprobadas en anteriores legislaturas

 

Fueron las formaciones políticas de la izquierda las que recogieron desde un principio determinadas demandas del colectivo transexual en sus programas electorales y, posteriormente, impulsaron iniciativas parlamentarias a favor de los derechos de dicho colectivo.

 

A raíz de una proposición no de ley planteada en 1999 por IU en el Congreso de los Diputados, que recogía el contenido de la Resolución del Parlamento Europeo de 12/09/1989 [1], la cámara baja aprobó por unanimidad una resolución que instaba al Gobierno a adoptar dos medidas concretas: el estudio de la inclusión del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en el catálogo de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud y la emisión de una Circular por parte de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias para que las personas transexuales a las que no se les hubiera reconocido el cambio registral de sexo en documento oficial acreditativo de su identidad fueran ingresadas, en caso de condena privativa de libertad, en la prisión que correspondiera según el sexo socialmente reconocido.

 

En este período se promovió con éxito una iniciativa muy destacada: el Parlamento de Andalucía aprobó en 1999, tras un informe favorable del Defensor del Pueblo Andaluz, la inclusión del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en el catálogo de prestaciones sanitarias del Sistema Andaluz de Salud (SAS). La Junta de Andalucía incluyó dicha prestación tras la elaboración de un informe científico-técnico por parte de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de Andalucía, órgano dependiente de la Consejería de Salud. Desde entonces, la Unidad de Trastornos de Identidad de Género del Hospital Carlos Haya (Málaga) atiende a las personas transexuales con cargo a los presupuestos del sistema sanitario público andaluz, prestando un servicio integral (asistencia psicoterapéutica y de autoapoyo en la fase de diagnóstico, tratamientos hormonales y controles endocrinológicos periódicos y, por último, las cirugías de reasignación de sexo). Extremadura se sumaría tres años después (en 2002), incorporando esta prestación sanitaria en su cartera de servicios (en colaboración con el Servicio Andaluz de Salud) y derivando sus casos al Hospital Carlos Haya de Málaga.

 

En el 2000 el Grupo Parlamentario Socialista volvió a presentar en el Senado una Proposición de Ley sobre el Derecho a la Identidad Sexual que ya se había presentado en la anterior legislatura y que caducó por la convocatoria de Elecciones Generales para el 03/03/2000. A través de esta iniciativa se proponía una ley muy similar a la alemana de 1982, con dos soluciones diferentes según fuera el caso: la primera consistía en conceder la rectificación registral de nombre y mención de sexo (con plenos efectos jurídicos) a las personas que se hubieran sometido previamente a la cirugía de reasignación de sexo (con la única excepción al cumplimiento de este requisito cuando concurrieran razones de razones de salud o edad que imposibilitaran dicha intervención quirúrgica), siempre y cuando no hubieran contraído matrimonio y no hubieran tenido hijos; y la segunda solución se limitaba a conceder un mero cambio de nombre (sin rectificar la mención de sexo) a las personas que no se hubieran practicado dicha intervención quirúrgica, cumpliendo los otros dos requisitos. Fue una iniciativa que tuvo el apoyo de bastantes  colectivos y asociaciones por lo que suponía de avance en el reconocimiento de los derechos (entre ellas, Transexualia), pero también se granjeó el rechazo de otra serie de asociaciones (como el CTC-Pro Drets) que tildaban esta proposición de discriminatoria y de empeorar la situación respecto a muchas sentencias dictadas por Juzgados de Primera Instancia que, superando la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ya estaban reconociendo el derecho de personas transexuales (sobre todo de hombres) a la rectificación registral de nombre y mención de sexo sin necesidad de haberse sometido previamente a la cirugía de reasignación de sexo. Esta proposición de ley caducó al finalizar la legislatura porque, a raíz de las enmiendas totalmente restrictivas planteadas por el Partido Popular (que disponía de la mayoría absoluta en ambas cámaras), el conjunto del movimiento asociativo demandó al Grupo Socialista que no siguiera con el trámite parlamentario de su iniciativa, ante el peligro de que se acabase aprobando –con los votos del PP- una ley claramente lesiva contra los derechos de las personas transexuales.

 

Por otro lado, aquella primera resolución aprobada en el Congreso de los Diputados por unanimidad tuvo dos efectos positivos, aunque con todas sus limitaciones: la Dirección General de Instituciones Penitenciarias aprobó en 2001 una primera circular en la que instaba al cambio de módulo conforme al criterio de la “identidad sexual aparente”, con un alcance muy limitado, por no decir prácticamente nulo. Por otro lado, la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias del Instituto de Salud Carlos III, órgano de asesoramiento científico-técnico dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, elaboró un informe técnico sobre transexualidad, titulado “Trastornos de la Identidad de Género (con atención especial a la cirugía de reasignación de sexo”, que se presentó el 9 de abril de 2002 a la Subcomisión de Prestaciones, con un dictamen favorable a la inclusión del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en el catálogo de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud. A pesar de ello, sólo dos CCAA se pronunciaron a favor de incorporar dicha prestación a la cartera de servicios básicos del SNS, tres de ellas no tenían una postura clara al respecto y las doce restantes votaron en contra. Aún así, dicho informe ha sido de gran utilidad a las asociaciones para abordar las negociaciones con las Consejerías de Sanidad de varias CCAA en esta última legislatura.

 

Reconocimiento de derechos

 

         El Programa Electoral del PSOE a las Elecciones Generales de 14/03/2004 recogía dos puntos sobre transexualidad en el apartado sobre Derechos Civiles, que decían lo siguiente:

Ø      “Regularemos, mediante un procedimiento que establezca las garantías necesarias, el derecho de los transexuales a la rectificación registral del sexo”.

Ø      “El diagnóstico de la transexualidad y su tratamiento médico y quirúrgico se incorporarán al catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud”.

 

El 19/06/2004 se perfiló una plataforma reivindicativa sobre derechos civiles y sociales de las personas transexuales, firmada por un amplio espectro de asociaciones de transexuales y grupos trans de colectivos LGTB, que fue asumida por la FELGT. [2]

 

Desde entonces, la labor de divulgación de la problemática transexual emprendida por el movimiento asociativo ante las instituciones públicas y partidos políticos ha sido incesante; un trabajo que por fin ha comenzado a dar sus frutos, tras largos años de lucha. Han sido numerosas las reuniones con instituciones públicas durante este último período (Dirección General de Registros y Notariado, Ministerio de Sanidad y Consumo, Consejerías de Sanidad de CCAA, partidos políticos, Grupos Parlamentarios) y las iniciativas presentadas en materia de transexualidad (proposiciones no de ley y resoluciones parlamentarias aprobadas en cámaras autonómicas, moción parlamentaria en el Congreso de los Diputados previa a la aprobación de anteproyecto de ley, etc.).

 

Tras un primer contacto con la Dirección General de Registros y Notariado en 2004 se comenzó a perfilar la idea de lo que sería la Ley de Identidad de Género. [3] A lo largo de 2005 se publicaron varias noticias anunciando la próxima tramitación de un  proyecto de ley. Después de la inquietud causada en el movimiento asociativo por el retraso en la presentación del anteproyecto de ley ante el Consejo de Ministros (existía un compromiso público de presentarlo antes de marzo de 2006), en mayo del año pasado la Secretaría de Movimientos Sociales y Relaciones con las ONG´s del PSOE celebró varias reuniones con las asociaciones, donde se volvió a retomar la negociación sobre el anteproyecto de ley, con la exigencia unánime por parte de los colectivos de que comenzara su trámite parlamentario antes del 30 de junio.

 

El 02/06/2006 se aprobó en Consejo de Ministros el anteproyecto de ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y, ya como proyecto, inició su andadura en el trámite parlamentario. El proyecto de ley recogía una de las principales demandas del colectivo transexual: el reconocimiento del derecho a la rectificación registral de nombre y mención de sexo, mediante un procedimiento de expediente gubernativo en el Registro Civil, sin necesidad de haberse sometido previamente a la cirugía de reasignación de sexo.

 

El trámite parlamentario ha incorporado numerosas enmiendas elaboradas por el Área Transexual de la FELGT y que fueron presentadas en su momento por muy diversos grupos parlamentarios (Grupo Mixto, IU-ICV, ERC, CiU, PNV, etc.). Tras la inclusión de enmiendas en el Congreso de los Diputados (07/11/2006) y en el Senado (21/02/2007), el 01/03/2007 se aprueba definitivamente la Ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.

 

¿Cuáles son las características principales de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas?:

Ø      La ley recoge el derecho a la rectificación de la mención de sexo en el Registro Civil mediante un procedimiento de expediente gubernativo. En consecuencia, desaparece el proceso judicial (largo y costoso) como vía para obtener dicha rectificación.

Ø      La ley reconoce el derecho de todas las personas transexuales a acceder a la rectificación registral de la mención de sexo y nombre, sin necesidad de haberse sometido previamente a una cirugía de reasignación de sexo.

Ø      Esta norma sólo requiere presentar un informe de diagnóstico de disforia de género, emitido por médico o psicólogo clínico colegiados en España (o con título del extranjero homologado en España), así como la acreditación de que se han seguido tratamientos médicos durante al menos dos años para acreditar las características físicas a la identidad de género del solicitante, mediante informe de médico colegiado bajo cuya dirección se hayan realizado dichos tratamientos.

 

Tanto en las negociaciones previas con el PSOE para elaborar el contenido del anteproyecto de ley, como en la fase de tramitación parlamentaria del proyecto, esta norma se ha elaborado contando con el asesoramiento y la participación democrática de las asociaciones. Los Grupos Parlamentarios Mixto, IU-ICV, ERC, CiU y PNV recogieron nuestras enmiendas y algunas de ellas han salido aprobadas con una amplia mayoría parlamentaria. En definitiva, los partidos nacionalistas de orientación liberal y/o democristiana (CiU, PNV, EA, CC) se han sumado también al consenso en la aprobación del proyecto de ley, recogiendo una de las principales aspiraciones del colectivo transexual.

 

Mención expresa habría que hacer de la postura contradictoria del Partido Popular. En el Congreso de los Diputados presentó unas enmiendas claramente restrictivas y conservadoras y, en consecuencia, votó en contra del proyecto (07/11/2006). Posteriormente, se produce un cambio de posición en el Senado, donde el senador Evaristo Nogueira introduce modificaciones a sus enmiendas iniciales sobre los requisitos para acceder a la rectificación registral de sexo (suaviza tímidamente la postura sobre la exigencia de la cirugía de reasignación de sexo y retira la exigencia de procedimiento judicial, aceptando la vía del expediente gubernativo en el Registro Civil). A raíz de este cambio de última hora, el Partido Popular vota a favor del proyecto de ley en el Senado (21/02/2007). Días más tarde, en la votación definitiva del proyecto de ley (01/03/2007), el Partido Popular se pronuncia en contra de la aprobación de esta norma, retomando su postura inicial.

 

Respecto al ámbito sanitario, merece la pena destacar que durante esta última legislatura autonómica varios sistemas públicos de salud de diversas CCAA han incorporado, total o parcialmente, el tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en sus respectivos catálogos de prestaciones sanitarias: Catalunya (por ahora, sólo incluye las dos primeras fases del tratamiento, aunque la Consejera de Sanidad de la Generalitat de Catalunya se ha comprometido a incorporar también las cirugías de reasignación de sexo), Aragón, Asturias y, por último, Madrid (la inauguración de la Unidad multidisciplinar para los problemas de identidad de género, incluyendo las cirugías de reasignación sexual, está prevista para el próximo mes de abril de 2007).  Esta demanda también ha sido planteada por diversas vías (proposiciones no de ley en las cámaras autonómicas y/o reuniones con las Consejerías de Sanidad) en las CCAA de Castilla y León, Cantabria, Euskadi, Canarias y País Valencià.

 

Asimismo, el Consejo Interterritorial de Salud elaboró el nuevo catálogo de prestaciones sanitarias del SNS (aprobado mediante Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización), en el que no se incluyó el tratamiento clínico integral de reasignación de sexo, aunque al menos se retiró la referencia expresa a la exclusión de las cirugías de reasignación de sexo de la antigua cartera de servicios básicos del SNS (véase el Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre Ordenación de Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud). A medida que los sistemas públicos de salud de varias CCAA vayan incorporando el tratamiento clínico de reasignación de sexo a sus respectivos catálogos de prestaciones sanitarias, será más fácil extender esta prestación a la cartera de servicios básicos del SNS.

 

También hay que mencionar que el 09/03/2006 la Dirección General de Instituciones Penitenciarias aprobó la Circular 7/2006 sobre integración penitenciaria de personas transexuales para mejorar el acceso de aquellas personas transexuales que no hubieran podido rectificar la mención de sexo en sus documentos oficiales a un módulo penitenciario conforme a su identidad de género, mediante el cumplimiento de unos requisitos muy similares a los que un año más tarde contendría la ley reguladora de la rectificación registral de sexo.

 

Algunas conclusiones sobre la transexualidad en el ámbito político

 

  1. Esta última legislatura (tanto en el ámbito estatal como autonómico) ha tenido unos efectos muy positivos en el marco del reconocimiento de derechos civiles y sociales de las personas transexuales.
  2. Los partidos políticos de la izquierda (estatales y nacionalistas) han incluido en su agenda política y de gobierno el reconocimiento de la diversidad sexual y el fomento de políticas de igualdad. En este aspecto, cabe hacer mención expresa del PSOE, por lo que supone de referente para las políticas de igualdad y de reconocimiento de la diversidad sexual en el ámbito de la izquierda europea y en América Latina.
  3. Los partidos políticos nacionalistas de orientación liberal y/o democristiana (salvo UDC) han recogido también de forma satisfactoria las demandas del colectivo transexual. Por tanto, nuestro discurso a favor del reconocimiento legal de los derechos civiles y sociales en materia de identidad de género ha ido ampliando su espectro político, llegando a ser permeable en la toma de decisiones de ciertas formaciones políticas nacionalistas de centro derecha.
  4. El Partido Popular vive inmerso en las contradicciones propias de un partido político que se pretende de centro liberal, pero que busca su caladero de votos apoyándose en los sectores sociales más conservadores, promoviendo la discriminación jurídica y social a través de sus políticas. No obstante, ciertas iniciativas en defensa de los derechos de las personas transexuales sí han tenido acogida favorable por parte de ciertos sectores del PP, como la constitución de una Unidad de Identidad de Género en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) o el proyecto de ley reguladora de la rectificación registral de sexo en el Senado.

 

 

                                                          



[1] Esta resolución recomendaba a los Estados miembros de la entonces CE a adoptar una serie de medidas orientadas a combatir la discriminación social de las personas transexuales, tales como: la cobertura sanitaria pública del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo, la investigación científica de la transexualidad, el reconocimiento jurídico de la identidad de género mediante la rectificación registral de nombre y mención de sexo, la concesión de prestaciones sociales en caso de pérdida de empleo o vivienda por razón de su adaptación sexual, la equiparación de la discriminación por razón de identidad de género a la discriminación por razón de sexo en las directivas comunitarias, la concesión de asilo a las personas transexuales perseguidas por motivo de su identidad de género y la adopción de medidas de discriminación positiva para favorecer el acceso al empleo.

[2] FELGT: Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales. Esta Federación agrupa actualmente a 43 asociaciones del Estado español. Su Área de Políticas Transexuales se fundó en 2002. AET-Transexualia ingresó como miembro de la Federación en 2002.

[3] Nombre con el que se conoce en los colectivos LGTB a la Ley 3/2007, de 15 de marzo, Reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.